Al igual que cualquier persona trabajadora, todas las personas que trabajan en el sector agroexportador, sin importar si laboran por horas o por día, tienen derecho al pago de vacaciones, aguinaldo, días feriados, descansos semanales, horas extras, seguro social y seguro de riesgos del trabajo, así como al pago de preaviso y cesantía, cuando corresponda. En el caso de quienes trabajan por día o por hora, estos derechos se calcularán proporcionalmente al tiempo que laboran.
De acuerdo a la FAO, para lograr conseguir empleo rural decente (ERD), se debe:
(i) Respetar las normas fundamentales del trabajo tal como se definen en los Convenios de la OIT, siendo estas:
a. No al trabajo infantil.
b. No al trabajo forzoso.
c. Garantiza la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva y promueve la organización de las personas trabajadoras rurales.
d. No discriminación en el trabajo sobre la base de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional, origen social u otro.
Además se debe de (ii) proporcionar un ingreso de vida adecuado; (iii) implicar un grado adecuado de seguridad y estabilidad laboral; (iv) adoptar medidas básicas de seguridad y salud ocupacional, que estén adaptadas a los riesgos y peligros específicos del sector; (v) evitar el exceso de horas de trabajo y permitir suficiente tiempo para el descanso; y (vi) promover el acceso a la formación técnica y profesional adaptada.